AYUDAS KIT DIGITAL (BONO DIGITAL) PARA EMPRESAS ENTRE 3 Y MENOS DE 10 EMPLEADOS

El 2 de septiembre se abre el plazo para solicitar las Ayudas.

-        OBJETO.

Mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas del Segmento II mediante la adopción de las siguientes soluciones de digitalización: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes, business intelligence y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, servicios y herramienta de oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad.

Las ayudas (Bono Digital) tienen la consideración de subvención directa y se otorgan por orden de entrada.

-        BENEFICIARIOS

Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento II que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:

b) Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.

-        REQUISITOS.

§  Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.

§  No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.º 2021/1237 de la Comisión.

§  Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

§  No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

§  No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

§  No superar el límite de ayudas de minimis

§  Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/).

-        ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

§  La adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:

§  La solución debe ser completamente nueva y cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenece, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.

§  Que la solución sustituida no cumpliera con alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

§  No se considerará mejora funcional:

§  Ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.

§  Actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor saque sobre una versión.

§  Upgrades o mejora de versiones.

-        CUANTÍA SUBVENCIÓN

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de seis mil euros (6.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización son los siguientes:

 

Categoría de Soluciones de Digitalización

Meses de prestación del

servicio

Ayudas para las Categorías de Soluciones de Digitalización para el Segmento II

Sitio Web y Presencia básica en

Internet1.

12

2.000 €

Comercio electrónico.

12

2.000 €

Gestión de Redes Sociales.

12

2.500 €

Gestión de Clientes.

12

2.000 € (incluye 1 usuario)

Business        Intelligence        y

Analítica.

12

2.000 € (incluye 1 usuario)

Gestión de Procesos.

12

3.000 € (incluye 3 usuarios)

Factura Electrónica.

12

2.000 € (incluye 3 usuarios)

Servicios y   herramientas   de

Oficina Virtual.

12

250 € por usuario (hasta 9 usuarios)

Comunicaciones Seguras.

12

125 € por usuario (hasta 9 usuarios)

Ciberseguridad.

12

125 € por dispositivo (hasta 9

dispositivos)

Presencia avanzada en Internet.

12

2.000 €

Marketplace.

12

2.000 €

-        PLAZO SOLICITUD.

Desde el 02 de septiembre de 2022 alas 11:00 horas hasta el 02 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas.

El plazo concluirá antes en caso de agotarse el crédito presupuestario.

-        PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

1.       Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico.

2.       Consulta el catálogo de soluciones digitales, donde podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores. Las que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio.

3.       Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es) o desde la plataforma Acelera Pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/ )

-        INFORMACIÓN Y TEXTO COMPLETO DE LA CONVOCATORIA:

https://red.es/es/actualidad/noticias/redes-publica-la-segunda-convocatoria-de-ayudas-del-programa-kit-digital

Autor/a: Rosa Berdejo Etiquetas: Empresas, Kit Digital, Bono Digital Lecturas: 263

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