Aprobado el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo.
BENEFICIARIOS:
Desempleados inscritos como demandantes de empleo que se hayan establecido en Aragón como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio, los integrantes Sociedades Civiles o de Comunidades de Bienes, y los socios únicos de una sociedad limitada unipersonal en la que ejerzan su actividad profesional.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Autónomos dados de alta entre el 1 de octubre de 2015 y el 28 de junio de 2016: hasta el 29 de julio de 2016.
Autónomos dados de alta entre el 29 de junio de 2016 y el 30 de septiembre de 2016: 1 mes desde su alta de autónomo actividad.
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
Subvención al establecimiento como trabajador autónomo.
Importe: 3.000 € para desempleados en general.
4.000 € para jóvenes desempleados menores de 30 años y personas desempleadas mayores de 45 años.
4.000 € para personas desempleadas de larga duración.
6.000 € para desempleados con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.
Requisitos:
- Antigüedad de tres meses de inscripción ininterrumpida en demanda de empleo antes del inicio de la actividad, excepto:
- Menores de 30 años.
- Personas con discapacidad.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Haber sido alumno de Taller de Empleo oi Escuela Taller en los 6 meses anteriores.
- Iniciar actividad en un municipio de menos de 500 habitantes.
- Estar dado de alta en el Régimen de Autónomos y en el Censo de Hacienda. Realizar la actividad económica o profesional de forma exclusiva.
- Inversión mínima de 5.000 euros en inmovilizado, en el período comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y la fecha de solicitud de la subvención.
- Contar con un Plan de empresa de la actividad proyectada
Incentivo a la consolidación de proyectos.
Beneficiarios en el año 2015 de subvención por establecimiento como trabajador autónomo.
Importe: 1. 000euros
Subvención financiera.
Su objeto es reducir los intereses de préstamos destinados a financiar inversiones para la creación y puesta en marcha de proyectos de autoempleo.
Subvención para asistencia técnica.
Financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha del proyecto , de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial.
Importe: 75% del coste de los servicios prestados, hasta un máximo de 2.000 €.
Subvención para formación.
Financiación parcial de cursos de dirección y gestión empresarial y de nuevas tecnologías de la información y la comunicación recibidos por el trabajador autónomo al inicio de su proyecto de autoempleo.
Importe: 75% del coste de los cursos recibidos, hasta un máximo de 3.000 euros.